Estas son secciones de la Ley de Claridad que todos estamos esperando aprobar en relación con la transparencia. ¿Alguien puede explicarme cómo van a satisfacer estos requisitos Bitcoin (fundador oculto) y Ethereum (que disfrazó a las ballenas en ICO????)? ¿Se les dará un pase? Sección 205: Criterios de Certificación y Propiedad del Sistema Blockchain Maduro – Requiere que los emisores o personas relacionadas presenten certificaciones ante la SEC que demuestren descentralización, incluyendo la divulgación de detalles de propiedad de emisores, personas afiliadas (5%+ participaciones) y personas relacionadas (1%+ participaciones). Para sistemas maduros como Bitcoin y Ethereum, esto incluye verificar que ningún emisor o entidad relacionada posea beneficiosamente el 20% o más de las unidades totales, y toda la información de certificación se haga pública para garantizar la transparencia. Sección 205(c): Criterios de madurez para sistemas preexistentes – Exige que al menos el 50% de las unidades digitales de mercancías (por ejemplo, Bitcoin o Ethereum) sean poseídas por personas distintas del emisor, personas relacionadas o afiliadas, exigiendo a los emisores divulgar y atestiguar una amplia distribución de propiedad como parte de la certificación de madurez para blockchains preexistentes. Sección 202: Trato de los activos de contratos de inversión y transacciones exentas – Obliga a los emisores a presentar declaraciones de oferta detallando la propiedad de personas relacionadas y afiliadas, incluyendo una lista confidencial de las unidades que poseen o derechos sobre ellas; para sistemas en vencimiento como Bitcoin/Ethereum, los informes semestrales deben cubrir fondos recaudados/gastados y cambios de propiedad, con divulgaciones públicas posteriores al vencimiento sobre las unidades y disposiciones en manos del emisor. Sección 204: Requisitos para Ofertas y Ventas por Personas Relacionadas y Afiliadas – Impone periodos de tenencia (por ejemplo, 3 meses tras la certificación) y límites de reventa (5-10% de unidades anuales) para personas relacionadas o afiliadas en sistemas maduros, exigiendo la divulgación pública de las tenencias para evitar un control concentrado en activos como Bitcoin y Ethereum. Sección 204(e): Prácticas manipulativas y obligaciones de reporte – Ordena a la SEC emitir normas para la notificación de transacciones y la divulgación de titularidad beneficiaria por personas relacionadas y afiliadas, diferenciadas por umbrales de propiedad, para mejorar la transparencia en la negociación de materias primas digitales maduras como Bitcoin y Ethereum. Sección 411: Limitación a las transacciones por parte de personas controladoras de blockchain – Exige que las personas controladoras de blockchain (incluidos emisores con influencia significativa) para sistemas maduros certificados presenten notificaciones antes de vender unidades y divulguen públicamente actividades materiales, aplicando a entidades involucradas con activos descentralizados como Bitcoin y Ethereum para mantener la transparencia de propiedad.